Denuncia de robo o hurto del automotor
Descripción
Consiste en inscribir en el registro la sustracción de un
automotor inscripto. Los robos o hurtos de automotores deberán
denunciarse en el registro una vez realizada la denuncia policial o
judicial.
Es muy común llamarlo "baja por robo" y es un error, pues puede
confundírselo con la Baja del Dominio, siendo este último trámite
muy solicitado por las compañías de seguros.
Cómo se hace
1. Presentar la documentación requerida en la seccional de la
radicación del automotor que retiene toda la documentación.
2. El registro entrega la Constancia de Titularidad en lugar del
Título del Automotor y el triplicado de la Solicitud Tipo
"04".
Requisitos
- Denuncia policial o judicial del robo o hurto realizada
por el titular o un tercero. En original y fotocopia simple. Allí
deberá constar como mínimo el número de dominio.
- Solicitud Tipo "04" (para trámites varios que requieren
declaración de deudas y gravámenes).
- Título del automotor.
- Cédula de identificación.
- Si existiere prenda: notificación al acreedor en la
Solicitud Tipo "04" firmada y certificada, o acreditación de haber
realizado la comunicación mediante telegrama o Carta
Documento.
- Documento que acredite identidad:
- Argentinos: DNI, LC o LE.
- Extranjeros:
a) Sin residencia: pasaporte.
b) Con residencia permanente: DNI.
c) De países limítrofes: DNI, CI, CI del país de origen o
pasaporte.
LA CONSTANCIA DE DOCUMENTO EN TRAMITE NO ACREDITA IDENTIDAD.
Valor
El trámite es gratuito, lo único que se debe abonar es la certificación de la firma del titular. Quién lo realiza
El titular del dominio, si hay condominio, cualquiera de ellos. El adquiriente que presentare un "08" completo o que sufra el robo o hurto antes de inscribir el vehículo. Duración
El trámite se resuelve dentro de las 48 horas.
Dónde se realiza
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